República de Colombia
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Corte Constitucional
Presidencia
Oficina de Comunicaciones
Boletín de prensa 2 de septiembre de 2011
FRENO DE CORTE CONSTITUCIONAL A TUTELAZOS DE FUNCIONARIOS SANCIONADOS
Señaló que no aplica en suspensiones decretadas por organismos como Procuraduría y Fiscalía.
Por orden de la Corte Constitucional, el destituido ex gobernador de Magdalena Ómar Díazgranados será investigado penalmente, por cuenta de las tutelas con las que logró, durante casi un mes, embolatar la suspensión que le impuso la Contraloría por un caso de corrupción administrativa.
El caso fue uno de los más sonados de finales del año pasado y comienzos del presente, porque Díazgranados entabló dos tutelas alegando una supuesta violación del debido proceso para volver a su despacho. En ese tiempo, según las autoridades, se extraviaron documentos claves en las investigaciones que se adelantan contra el polémico ex mandatario.
La Corte concluye que "con la múltiple interposición de acciones de tutela para impedir que la determinación de la Contraloría se cumpliera, lo que se advierte es un abuso del exclusivo mecanismo tutelar y la clara existencia de un proceder obstructivo de las investigaciones de un órgano de control".
La Corte advirtió que el uso de la tutela no aplica en casos de suspensiones decretadas por organismos de control como la Procuraduría y la Fiscalía, pues se trata de medidas cautelares que están claramente regladas por la ley y que buscan evitar que los funcionarios, desde su cargo, puedan interferir en las investigaciones.
El caso del gobernador de Magdalena, de hecho, no fue el único del año pasado. A punta de 'tutelazos', el finalmente destituido gobernador de Casanare Óscar Raúl Flórez logró mantenerse en el cargo por varios meses y darle largas a una suspensión provisional decretada por la Procuraduría.
Y también con una tutela el destituido gobernador del Valle Juan Carlos Abadía aplazó un mes su salida definitiva del cargo por participación en política.
Díazgranados recurrió a la tutela después de que la Contraloría abriera un proceso de responsabilidad fiscal en su contra por un supuesto detrimento patrimonial. Según el organismo de control, hubo sobrecostos por 2 mil millones de pesos en la entrega de 24 mil paquetes de útiles escolares.
El recurso lo presentó el 13 de diciembre del 2010 ante el Tribunal Administrativo del Magdalena. Los magistrados lo admitieron pero no aceptaron su petición de suspender temporalmente la medida de la Contraloría en su contra.
El Gobernador desistió de la tutela en el Tribunal, que para ese momento ya había entrado en la vacancia judicial (vacaciones de fin de año). El hecho fue aprovechado por Diazgranados para volver a presentar otro recurso ante el Juez Cuarto Penal de Santa Marta, que falló a favor del entonces Gobernador.
La decisión del Juez obligó al presidente Juan Manuel Santos a revocar un decreto emitido 24 horas antes en el que nombraba como gobernador encargado al general Manuel José Bonett Locarno. Finalmente el Tribunal no admitió la tutela y Díazgranados tuvo una nueva suspensión, lo que lo forzó a salir de la Gobernación.
Con la tutela, dice la Corte, el Gobernador "intentó con artilugios" obstruir la investigación de la Contraloría. Los magistrados no encontraron excusa en la actuación de Diazgranados y consideraron que por su cargo de Gobernador y sus estudios debió prever las consecuencias, pues su maniobra "fectó el normal funcionamiento de la administración de justicia y generó inestabilidad en la administración del departamento".
Los magistrados enviaron copias a la Fiscalía y al Consejo Superior de la Judicatura para que investigue al Juez Cuarto Penal de Santa Marta, por haber resuelto a favor de Díazgranados la tutela sin haber esperado que Tribunal tomara una decisión, y al abogado Jaime Cárdenas González, el apoderado del Gobernador.
GOBIERNO ESTÁ DE ACUERDO CON QUE LOS JÓVENES DE 16 AÑOS PUEDAN VOTAR
Así lo expresó el Ministro del Interior al radicar el estatuto de la Juventud en el Congreso.
El ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, afirmó que ya es hora de que en el país se comience a impulsar la posibilidad de que los jóvenes de 16 años puedan votar, con el fin de que accedan al derecho de elegir y ser elegidos.
"Si se agrava la situación de quienes son menores de 18 años cuando cometen delitos, también deberíamos avanzar en consagrarles mayores derechos, y el principal de todos sería el de participar directamente en la posibilidad de elegir y ser elegidos", aseguró Vargas Lleras.
El Ministro agregó que "me parece que podría avanzarse en esa materia. Un joven ya a los 16 años hoy en Colombia es plenamente consciente de sus deberes y responsabilidades. Lo hicimos ya en materia de determinar la responsabilidad penal de ellos, cuando las circunstancias se hacen mucho más exigentes frente a la comisión de delitos".
Vargas Lleras se pronunció durante la radicación del Estatuto de la Juventud en el Congreso, con el cual se busca garantizar los derechos de las personas entre los 16 y 26 años.
Según la iniciativa, se conformarán comités de jóvenes a nivel municipal, departamental y nacional, con el fin de que tengan voz y voto en la elaboración y puesta en marcha de políticas que los afecten directamente.
EL ESPECTADOR
LAS SALIDAS DE JUSTICIA Y PAZ
Estrategias y caminos para la aplicación de la norma
Conocedores de los procesos de justicia transicional en el mundo hablaron del caso colombiano. Los desafíos que se deben afrontar para que este mecanismo de verdad y reparación salga adelante.
Luego de que el presidente Juan Manuel Santos y la Corte Suprema de Justicia se reunieran para hablar sobre la necesidad de reformar y volver más eficaz el proceso de Justicia y Paz, de cara a pensar un escenario de paz en el futuro, tres expertos internacionales en esta clase de mecanismos de justicia transicional conversaron con El Espectador sobre las salidas y reestructuraciones que consideran necesarias para que este proceso, creado para afrontar la desmovilización de más de 30.000 paramilitares, salga a flote.
Esto en medio de las críticas, los recientes escándalos que señalan que en esta desmovilización no están todos los que son ni son todos los que están y el escepticismo porque cuenta solamente con cuatro sentencias parciales luego de seis años de creación.
El argentino Carlos Lisandro Pellegrini, asesor en la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por Violaciones a los Derechos Humanos cometidas por la dictadura, de la Procuración General de la Nación, cuenta que Colombia tiene el peor escenario para desarrollar un proceso de justicia transicional.
“En Argentina, el terrorismo de Estado, como le decimos nosotros a la época de la dictadura, terminó en el 83, y aún hoy nos cuesta llevar a juicio a personas representativas de ese momento, porque siguen investidas de poder. La justicia transicional en general llega en las ruinas del conflicto. Por eso, para Colombia, continuar con el conflicto exacerba todos los factores de riesgo y todas las dificultades”.
Para Pellegrini, otro tema que Colombia debe tener en cuenta es que, por ejemplo, en Argentina hubo muchos casos que no se movían porque estaban en manos de jueces que, de alguna manera, habían estado vinculados con la dictadura. Eso implicó que muchos recursos estuvieran indicados a remover a esos jueces que obstaculizaban deliberadamente la evolución de los casos.
“Todo implicó duplicar los recursos humanos y una estructura material, y fue allí cuando se vieron concretamente los resultados. Por ejemplo, a la instancia que tenía tres tribunales se le nombraron otros tres para que, de manera paralela, adelantaran esos juicios de la dictadura”, agregó Pellegrini.
En cuanto al proceso de Justicia y Paz, Pellegrini tiene claro que otro aspecto que debe cambiar es el hecho de que las investigaciones están muy ceñidas a las versiones libres confesadas por los postulados. “Las investigaciones tienen que ser independientes al contenido de la versión, para que la verdad histórica no quede contada sólo por los victimarios”.
Por su parte, el profesor alemán Kai Ambos, director del Departamento de Derecho Penal Extranjero e Internacional del Instituto de Ciencias Criminales de la Universidad de Gotinga (Alemania), habla del tema con escepticismo. Para él uno de los grandes problemas que enfrenta Justicia y Paz es la suerte de los cerca de 19.000 desmovilizados rasos que siguen hoy en un limbo jurídico. “Hay que tratar por todos los medios de que no se reintegren al conflicto armado. Por eso no creo que la Corte Constitucional de un país pueda aplicar la Constitución de manera abstracta, ignorando la realidad. La Corte creó un problema tremendo para el legislador y para la sociedad. Por eso hay que priorizar y seleccionar los casos. Y aunque queden por fuera casos impunes hay que recordar que la impunidad es parte de la realidad. La Fiscalía tiene que perseguir el delito más grave: el de los comandantes”.
Kai Ambos deja claro que la ley 975 de 2005 es una ley inteligente, pero su problema es la aplicación. “Lo que siempre se ha criticado, por ejemplo, es que la Fiscalía nunca ha tomado en serio el tema de la estrategia. La Fiscalía debe definir una pirámide de persecución, por ejemplo. La nueva fiscal debió resolver esa estrategia cuando entró. Pero no lo hizo”, afirmó el profesor.
Este tipo de propuestas están consignadas en el libro Una mejor aplicación de la ley 975, pero no han sido tomadas en cuenta, afirma Kai Ambos, quien terminó con una frase lapidaria: “Así como están las cosas, la Ley de Justicia y Paz va a dar nuevas condenas, pero muchas de ellas van a ser irrelevantes. En ese sentido es una posibilidad perdida, y si la Fiscalía, que es la instrucción eje del proceso, no entiende eso pronto, soy muy escéptico de que pueda servir de algo”.
Desde una postura crítica habla también el inglés Paul Seils, vicepresidente de Programa del Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), quien sostiene que la Ley de Justicia y Paz tiene que judicializar a los máximos responsables: “Y ellos no son solamente Salvatore Mancuso y Hébert Veloza García, alias H.H., o Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40. Estamos hablando de la gente que dirigía en un sentido real las operaciones del aparato paramilitar, que pudieron pertenecer a una junta directiva o a una estructura formal de financiación. Ha habido muchos postulados que hablan de delitos que no conocieron realmente, sólo para permanecer en el proceso y tener los beneficios”.
Lo importante, según Seils, no es demostrar simplemente que los jefes paramilitares dieron órdenes para asesinar. “Lo que puede cambiar la confianza del país es un proceso que asegure que el fenómeno paramilitar no se repita. Eso no se puede hacer con una visión estrecha del fenómeno. Por eso la investigación y la presentación de pruebas tienen que describirlo. De lo contrario el concepto es muy débil”.
Por otro lado, Seils reconoce que la Fiscalía está sobrecargada en Colombia: “No tienen recursos, no tienen el peritaje para hacerlo y tienen condiciones cada vez más hostiles para llevar a cabo sus actividades. Para estos procesos de justicia transicional normalmente se ha creado un tribunal superior que se encarga sólo de eso”.
Lo cierto es que para estos tres expertos internacionales la Ley de Justicia y Paz necesita un salvavidas urgente: una reforma que integre la estrategia para que su aplicación sea eficaz, para que haya justicia y quede una memoria del fenómeno paramilitar que no permita que esta historia se repita en el país.
AIRES DE REFORMA PENSIONAL
Dicen que si no se hace, 13 millones de ciudadanos no recibirían pensión
El Gobierno quiere presentar la modificación al sistema. Empresarios del sector y hasta un expresidente dicen que es necesaria y está a tiempo de ser presentada.
El expresidente César Gaviria le dijo al ministro de Hacienda que es posible poner la reforma en marcha debido a “un ambiente de optimismo”. / Manuel Pedraza
César Gaviria y la reforma pensional
Poner en marcha la ejecución de una reforma pensional, para buscar el equilibrio de los fondos de pensiones en Colombia e impedir que 13 millones de ciudadanos se queden sin pensión, es uno de los desafíos que tiene el gobierno del presidente Juan Manuel Santos. “Una reforma pensional ofusca las mentes de todo el país. Tiene que ir sola dentro de la agenda económica”, dijo en Cartagena, durante el XX Congreso Internacional de Seguros, el ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverry Garzón.
Debido a los efectos que puede causar la reforma pensional, en un contexto donde el Ministerio de Hacienda está haciendo el esfuerzo de llevar a la otra orilla proyectos como la venta del 10% de Ecopetrol, el estatuto orgánico, la capitalización de Telecom, la iniciativa de bancarización, la reglamentación de las regalías, la ley para quitarle tres ceros a la moneda y la reforma tributaria, entre otros, Echeverry decidió “no presentar la reforma pensional”. Sin embargo, César Gaviria Trujillo, ex presidente de la República, le dijo que era posible ponerla en marcha debido a “un ambiente de optimismo”.
Echeverry manifestó que en este tema se está trabajando, pero hizo un llamado a un buen diseño de la iniciativa. “Hay que diseñarla muy bien y hemos hablado con Santiago Montenegro y con el gremio pensional”. Santiago Montenegro, presidente de Asofondos, señaló que no todos los trabajadores en el país están cotizando regularmente. “La informalidad es del 60%. Uno de los factores es que un 49% de los trabajadores con ocupación gana menos de un salario mínimo”. Recordó que las normas vigentes en materia pensional han sido un palo en la rueda para que quienes tienen ingresos por debajo del mínimo hagan su cotización pensional establecida por la ley.
Para aclarar el panorama, recordó además que el 16% de los ocupados en Colombia ganan más de dos mínimos, mientras que cerca de un 3% cuenta con ingresos superiores a los $3 millones mensuales. “Los fondos de pensiones obligatorias son apenas el 20% del PIB y en Chile son el 70% del PIB”, precisó.
“Hay que transformar el Seguro Social para dar ingreso y pensiones a millones de colombianos que nunca van a recibir nada. El Seguro no puede ser un pilar solidario con los ricos. Eso debe ser parte de la reforma”, dijo el presidente de Asofondos, quien aseveró que si no se reforma el actual sistema con urgencia, 13 millones de colombianos se quedarán sin recibir su pensión. “De 20 millones, sólo 7 están cotizando en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). El resto, en la informalidad”.
En consideración del senador Gabriel Zapata, poner en marcha una reforma pensional en este momento es imposible desde el punto de vista legislativo, debido a que en el Congreso la agenda económica “ya está muy definida”. “En ese sentido, el tema pensional tiene que quedar para abordarlo el año entrante. Se tiene que concertar con los trabajadores, empresarios y el Congreso”, manifestó.
“La reforma consiste en elevar la edad de jubilación y elevar las semanas cotizadas para buscar el equilibrio que buscan los fondos de pensiones”, explicó el senador, quien aclaró que todavía en materia pensional no se ha alejado el ‘fantasma’ del déficit debido a que en el Presupuesto General de la Nación se debe apropiar mucho dinero para responder por las pensiones del Seguro Social.
A su vez, Gonzalo Pérez, presidente de Seguros Suramericana, manifestó que se requiere una reforma pensional porque, debido a la coexistencia del sistema de prima media y el ahorro individual, lo que actualmente no es posible. “Técnicamente no es viable, pero puede que políticamente sí”.
EL FIN DE LA DISCRIMINACIÓN?
"No racismo, no discriminación, no hostigamiento y no segregación en nuestro territorio", repetía Carlos Baena, del movimiento Mira, cuando defendía el proyecto de ley que su colectividad presentó con el fin de penalizar actos de discriminación por razones de sexo, raza, religión, orientación sexual, ideologías políticas o filosóficas.
Luego de pasar por los debates de rigor en Senado y Cámara, quedó lista para conciliación —y posterior firma presidencial— la nueva ley contra la discriminación que modifica el Código Penal vigente y establece penas hasta de tres años por el reprochable y, aún así, generalizado acto.
De histórico lo han calificado algunos. Y es probable que posicionar el tema en el Congreso para sacar una ley lo sea. Para el país es positivo que se hable, en altas instancias del Estado, de cómo solucionar el problema de la discriminación. Sin embargo, creemos que esta iniciativa, a punto ya de aplicarse en regla, es problemática por varias razones. En primer lugar, el tipo penal que se contempla no es claro: “El que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, incurrirá en prisión de 12 a 36 meses”. Es una norma abierta que, así como puede incluir muchos casos, puede no incluir ninguno. ¿Qué se entiende por impedir, obstruir o restringir? Además, es una inclusión de todos los tipos de discriminación existentes en una sola conducta tipificada. Ésa es una cobija muy grande: tratan el tema como si para cada población discriminada no existieran matices distintos en los que se materializa el rechazo por parte de las mayorías.
Otro problema latente de esta nueva norma es que pretende solucionar una práctica generalizada —más de raigambre social y cultural, insertada en una noción colectiva de lo diferente— a través de casos individuales. A una discriminación, un proceso penal. ¿Cárcel, entonces, para cuántos? Porque si se trata de un “cabeza rapada” el caso es pan comido. Pero si hablamos de actos sutiles y corrientes, metidos ya en las prácticas sociales comunes, como la negación de entrada a un bar, en casos de discriminación racial, o los llamados “techos de vidrio” –que impiden a las mujeres ascender a la cúpula de los cargos públicos y privados–, los procesos, juicios y la cárcel, se multiplicarían en gran medida.
Esto puede producir, también, una reacción negativa frente a las comunidades históricamente discriminadas. No en vano, la solución a problemas sociales debe hacerse por medio de otro tipo de medidas, más simbólicas o de concientización, que represivas. ¿Y si con esto sólo causamos, una discriminación encubierta y, por ende, doble? Asimismo, y ya lo hemos expresado en este espacio una infinidad de veces, la cárcel no puede ser la solución a todos los problemas que aquejan a la sociedad, por más loable que sea el motivo que inspira la protección. Los casos dudosos pueden convertirse en una verdadera arbitrariedad que conduzca, no sólo a una injusticia, sino a más hacinamiento y miseria en las cárceles nacionales.
Una solución a la discriminación debe hallarse desde lo legal, sí, es necesario, pero consideramos que no toda medida que se tome puede ser calificada de productiva. Expertos, tanto de la academia como de la política, piensan que este nuevo método, que consiste en meter a la cárcel al que discrimina, puede acarrear muchos problemas en el futuro.
Deben pensarse soluciones alternativas y hacer caso a la infinidad de estudios rigurosos que se han hecho sobre el tema. De igual forma, consideramos fundamental que se analicen, uno a uno, los tipos de discriminación que existen en Colombia, para así poder tener leyes mucho mejor fundamentadas y con soluciones más convenientes. De lo contrario, los nobles motivos que inspiran la protección seguirán siendo solucionados, en apariencia, por la vía más sencilla: el castigo.
LA AUTONOMÍA DE LA JUSTICIA
Por: Yesid Reyes Alvarado
La autonomía judicial comprende varias facetas, una de las cuales es la de garantizar a sus miembros que pueden tomar decisiones libres de presiones o interferencias de las otras ramas del poder público.
Cuando desde el Gobierno se descalifica públicamente el pronunciamiento de los jueces, se coarta su independencia; mucho más cuando como consecuencia de esa actitud se consiguen en su contra apresuradas medidas disciplinarias, como su separación temporal del cargo mientras lo investigan. Desde luego que si un ministro o un presidente de la República están en desacuerdo con una resolución judicial, tienen derecho a controvertirla; pero para eso existen unos canales legales dentro de un Estado de derecho, que no fueron diseñados sólo para la gente del común; tanto los particulares como los funcionarios deben acudir a ellos para cuestionar las sentencias que no compartan, haciendo uso, por ejemplo, del recurso de apelación o acudiendo al mecanismo extraordinario de la tutela. Y si todos esos procedimientos se agotan sin que el inconforme haya conseguido modificar el criterio que no comparte, su obligación es la de acatarlo respetuosamente sin hacer ninguna manifestación pública de censura al mismo.
Afirmaciones como las que en su momento hizo el exministro Fernando Londoño contra quien dejó en libertad a los Rodríguez Orejuela, el cuestionamiento público que hizo el presidente Santos a la sentencia condenatoria contra el general Arias Cabrales por desapariciones forzadas ocurridas durante las llamadas toma y retoma del Palacio de Justicia en 1985, o las más recientes declaraciones del primer mandatario descalificando la conducta de un juez que otorgó casa por cárcel a alias El Cebollero e invitando públicamente al Consejo Superior de la Judicatura (cuya eliminación propone el Gobierno) a que lo investigue, coartan la autonomía de la rama judicial.
Ignoro si en este último caso el fallo fue correcto; es probable que no lo haya sido. Por eso mi inconformidad no tiene que ver con el asunto de fondo (¿era o no viable conceder la detención domiciliaria?), sino con la forma en que se disiente de las determinaciones judiciales, especialmente cuando la crítica proviene de miembros del ejecutivo; porque en un Estado de derecho hay reglas que permiten encausar esas desavenencias con las decisiones de los jueces, para de esa forma evitar que ellas sean objeto de ataques por fuera del único escenario donde pueden ser válidamente controvertidas: el procesal.
La Fiscalía, respetuosa de los cauces legales, ha interpuesto recurso de apelación, seguramente con sólidos argumentos. Pero independientemente de si la asiste o no la razón, lo cierto es que después de las manifestaciones del presidente y de la fulminante suspensión de quien dictó la resolución, su superior tiene sólo dos alternativas: o revoca la reclusión domiciliaria y recibe el respaldo del ejecutivo, o la confirma con la certeza de que será suspendido e investigado con la misma celeridad que su inferior jerárquico. ¿Realmente puede afirmarse que ese juez de segunda instancia goza de plena autonomía para pronunciarse en la forma que él crea ajustada a la ley?
REVISTA SEMANA
SENADO Y CÁMARA SE ENFRENTAN POR COMISIÓN DE ACUSACIONES
Senadores de la U califican la Comisión de Acusaciones como un “atentado” al aparato judicial del Estado y un “foco de impunidad”. Representantes a la Cámara piden que, de tener pruebas, las denuncien.
La discusión de la reforma a la justicia no sólo supondrá un pulso entre el Gobierno y las altas cortes para concertar sus diferentes fórmulas para descongestionar y agilizar la justicia.
El Congreso, que como lo dijo el presidente de la República será el “árbitro de la discusión”, también enfrentará un pulso interno. Pero no para responder por los problemas que en realidad afectan a los ciudadanos, sino por los procesos penales y disciplinarios a los altos dignatarios del Estado.
Senado y Cámara de Representantes se enfrentarán por la suerte de la Comisión de Acusaciones. Mientras la Cámara propone fortalecerla, darle mayores herramientas y equilibrar sus investigaciones con las de la Corte Suprema de Justicia, el Senado busca acabarla.
Para nadie es un secreto que la Comisión de Acusaciones es inoperante. Pero el diagnóstico de la Cámara de Representantes es que si no se le otorgan herramientas, los resultados no llegarán.
El diagnóstico del Senado es otro. Al punto de que califica la Comisión como “foco de impunidad” porque no tiene las mismas calidades que, por ejemplo, las altas cortes.
“Lamentablemente la función judicial del Congreso constituye foco de impunidad y de descrédito por carecer de un organismo especializado de altísimas calidades académicas, intelectuales y morales que instruya los procesos de modo que pueda la Cámara de Representantes cumplir a cabalidad con su función investigadora”.
Así lo señalan 12 senadores, todos ellos del Partido de La U, que firmaron el proyecto que pretende eliminar la Comisión de Acusaciones.
En la exposición de motivos del proyecto los senadores también consideran que mantener la Comisión de Acusaciones con la estructura y el funcionamiento actuales “constituye un atentado contra la dignidad de la justicia, el poder punitivo del Estado, la independencia y la autonomía de la Justicia y el prestigio de la rama legislativa del poder público”.
El pronunciamiento del Senado no dejó indiferente al presidente de la Comisión, el representante Germán Blanco (P. Conservador). “Lamento profundamente que los senadores de la República, siendo congresistas y muchos de ellos repitiendo período, no crean en la justicia parlamentaria. Esas expresiones carecen de fundamento, ninguno de estos senadores ha pasado por esta comisión. Nosotros estamos haciendo un esfuerzo, pero reconocemos que nos faltan herramientas y por eso proponemos autorreformarnos”, dice.
Blanco además considera que si la Comisión de Acusaciones está incurriendo en impunidades, el Senado debería denunciarlo ante las autoridades competentes.
En esa afirmación coincide el representante Augusto Posada (Partido de la U), quien, refiriéndose a los senadores que presentaron el proyecto y firmaron esa exposición de motivos, dijo: “Deben tener la valentía para denunciar ese foco de impunidad porque, obviamente, eso es un delito. Si los miembros de la comisión de Acusaciones hemos prevaricado, pues ellos tienen la obligación de denunciarnos ante la Corte Suprema”.
Los dos proyectos
Este enfrentamiento tuvo su origen la semana pasada, cuando 18 representantes a la Cámara, de todos los partidos, radicaron un proyecto para reformar la Comisión de Acusaciones. Pero incluyeron la polémica propuesta de blindar a los congresistas para que no fueran detenidos sino al final de un juicio penal que los condenara.
El proyecto fue rechazado por varios senadores que respondieron con el proyecto para acabar la Comisión de Acusaciones, cuyo autor es el senador Manuel Enríquez Rosero (la U).
El proyecto del Senado pretende crear el ‘Tribunal de Investigación penal y Disciplinaria’, adscrito a la Cámara de Representantes. Estaría conformado por nueve miembros, elegidos por concurso público para períodos individuales de cuatro años y deberán tener las mismas calidades e inhabilidades que para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia.
“Los congresistas no estamos preparados para instruir disciplinaria y penalmente procesos, y muchos de los miembros de esa comisión ni siquiera son abogados”, dice Manuel Enríquez, quien además explica que los integrantes del nuevo tribunal permanecerán en su cargo “mientras se observe su buena conducta y tengan rendimiento satisfactorio”.
Esa propuesta fue rechazada en la Cámara de Representantes. Germán Blanco dice que el Senado pretende entregar el control que se hace de la justicia parlamentaria sobre una serie de aforados, “simple y llanamente para que se cree una nueva corte. Lo único que pretenden es crecer burocráticamente el aparato judicial del Estado”.
Esta discusión será zanjada en el debate de la reforma a la justicia. El Senado está encargado de los dos primeros debates y podría sepultar el proyecto de la Cámara. Sin embargo, el más afectado de este pulso podría ser el verdadero propósito de la reforma a la justicia. Por esa razón, ni el Gobierno ni las altas Cortes quisieron abordar el tema de las funciones judiciales del Congreso.
CMI LA NOTICIA
PIDEN A LA FISCALÍA INVESTIGAR A EXGOBERNADOR DEL MAGDALENA
La Corte Constitucional le pidió a la Fiscalía General que investigue al exgobernador del Magdalena Omar Diazgranados Velásquez, por haber presentado dos tutelas al mismo tiempo con el fin de lograr que fuera restituido en su cargo.
El alto Tribunal calificó su actitud de temeraria por afectar el normal funcionamiento de la justicia, al obstruir las investigaciones que adelantaba en su contra la Contraloría.
Las dos tutelas fueron falladas en sentido contrario, es decir que una ordenaba que fuera restituido y la otra negaba la petición, lo cual ocasionó que en determinado momento el departamento tuviera dos gobernadores, puesto que el Ejecutivo ya había nombrado el reemplazo de Diazgranados.
“Con la múltiple interposición de acciones de tutela para impedir que la determinación de la Contraloría se cumpliera, lo que se advierte es un abuso del exclusivo mecanismo tutelar y la clara existencia de un proceder obstructivo de las investigaciones de un órgano de control”, indica la sentencia.
Además de pedir que se investigue al exmandatario departamental, la Corte también solicita que se indague sobre el presunto actuar irregular de su abogado defensor y del juez penal municipal que falló una de las tutelas a su favor por el “artilugio urdido tanto en contra de la administración pública como de la eficaz y recta impartición de justicia”.
Omar Diazgranados es investigado por la Contraloría por supuestas irregularidades en la compra de 24.000 kits escolares para los jóvenes del departamento, contrato firmado por más de 2.000 millones de pesos.
EL NUEVO SIGLO
REFORMA A LA SALUD BAJO LUPA DE CORTE CONSTITUCIONAL
La demanda argumenta que la norma debió haberse tramitado como ley estatutaria. Procurador le pide al alto Tribunal declararse inhibido para conocerla.
LA LEY 1438 de este año, o reforma a la salud, tendrá su primera batalla judicial ante la Corte Constitucional este mes, por un presunto vicio de forma.
La demanda argumenta que la norma debió haberse tramitado como una ley estatutaria y no como una ordinaria.
“La Ley 1438 de 2011 sería inconstitucional por violación del literal a del artículo 152 de la Constitución Política de 1991 y el artículo 153 de la misma, al haber sido tramitada como una ley ordinaria y no como una ley estatutaria, toda vez que se estaba ante la regulación de un derecho fundamental como lo es en la actualidad el derecho a la salud en Colombia, que tendría que haberse tramitado legislativamente como una Ley estatutaria de acuerdo con los artículos 152 y 153 referidos.”, expone el demandante.
Sin embargo, en concepto rendido el pasado primero de junio, el procurador Alejandro Ordóñez le pidió a la alta Corte declararse inhibida por ineptitud de la demanda.
“En la demanda se omite hacer la confrontación necesaria entre el contenido de la ley y el contenido de la Constitución. Las consecuencias de esta omisión son visibles en la falta de certeza y especificidad del cargo planteado. La falta de certeza se advierte en la circunstancia de que el actor no funda su cargo en una proposición jurídica real y existente, sino en una apreciación subjetiva, al asumir por sí y para sí que cualquier regulación legal que tenga relación con la salud, sea cual sea, al ser éste un derecho fundamental, debe ser tramitada conforme al proceso previsto para la formación de las leyes estatutarias”, expone el jefe del Ministerio Público.
Según el director del órgano de control, “si en la demanda se hubiera hecho la confrontación omitida, el actor podría haber notado que la ley no se ocupa de la salud como derecho fundamental, ni afecta su núcleo esencial, sino que se dedica a reformar las normas que regulan la prestación del servicio público de la salud en el marco administrativo previsto para la seguridad social”.
La Ley 1438 del 2011 garantiza que a partir del 2013, todas las personas podrán ser atendidas a lo largo y ancho del país, sólo presentando el documento de identidad, sin importar el lugar de origen.
Además ordena hacer una actualización integral del plan de beneficios antes del 31 de diciembre de 2011 y, a partir de esa fecha, cada dos años se deberá actualizar con base en las necesidades, estudios y adelantos científicos y tecnológicos, con el fin de garantizar la calidad en la prestación de los servicios.
Sin embargo, la norma recibió varias críticas de algunos sectores políticos y sociales, por no resolver de fondo los problemas reales del sistema de salud.
A principios de julio, la Corte Constitucional citó una audiencia pública como medida de seguimiento a los problemas que presenta el sector. Allí, el magistrado Jorge Iván Palacio, quien preside la Comisión de seguimiento, le exigió al Gobierno medidas de carácter estructural que hasta el momento son inexistentes para solucionar los inconvenientes que ha presentado ese sector.
"La Corte observa la ausencia de una actualización sustancial del POS", expuso el magistrado Palacio y aseguró que lo que se encontró fue un conjunto de medidas aisladas que no parecen solucionar los problemas que enunciados.
Palacio manifestó que el criterio de eficiencia económica en la prestación de los servicios de salud no puede depender del provecho económico o la simple utilidad y recalcó que la rentabilidad financiera del sistema debe tener como límites los valores, principios y derechos constitucionales.
LA DIGNIDAD DE LA JUSTICIA
GLORIA ARIAS NIETO
“Tras 22 años de impunidad pasa algo digno y justo”
LO que hizo este 31 de agosto la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, no fue sólo revocar una vergonzosa decisión del Tribunal de Cundinamarca: lo que hizo la Corte, además de determinar la recaptura de Alberto Santofimio y condenarlo a 24 años de prisión por el magnicidio de Luis Carlos Galán, fue devolverle a Colombia la fe en la Justicia.
Tras 22 años de impunidad, de falsos positivos judiciales, manipuleos y mentiras, finalmente pasa algo digno y justo, que quizá ayude a que Galán descanse en paz.
Algo que podemos contarle a nuestros nietos para que ellos no crezcan -como crecieron nuestros hijos- en un país gobernado por el imperio y las secuelas del 8.000; la intimidación de los narcos a una sociedad asustada y condescendiente; la infiltración de la droga por las paredes porosas de nuestras estructuras económicas, políticas y sociales.
Finalmente pasa algo que nos permita mitigar un poco, no el inevitable vacío, pero sí el dolor y la rabia.
Galán era mucho más que un candidato presidencial. El niño genio de la política, el ministro más joven, el caudillo de la mirada firme y la camiseta roja que inmortalizó Carlos Duque en la inolvidable imagen de campaña. Galán representaba todo lo que pretendíamos defender quienes no estábamos dispuestos a endosarle el país al narcotráfico. Galán encarnaba los ideales de justicia, el rescate de las instituciones y un reencuentro que parecía imposible: el de la política y la rectitud.
Cuando mataron a Galán, muchos sentimos que a cada uno nos habían matado un poco; que nos arrebataban a tiros una promesa a la que teníamos derecho.
Así es que el miércoles, cuando supimos que Santofimio volvería a la cárcel, respiramos distinto: ese aterrador “Pablo, mátalo” -que ‘Popeye’ atestiguó haberle oído a Santofimio en conversación con su amigo Pablo Escobar- no quedaría impune.
“Pablo, mátalo”. Años después, el capo le afirmaría al abogado y reo Carlos Alberto Oviedo, que él -Escobar- había cometido un “grave error” al seguir esta orden de Santofimio. Mucho más que un grave error, fue un crimen de repercusiones humanas y políticas inconmensurables; rojo sangre y negro luto, desparramados sobre la piel y las coordenadas de Colombia.
Gracias, señores de la Corte, por ejercer una Justicia con mayúscula. Tener referentes que eleven la dignidad, la conciencia y la confianza, es o debería ser, un derecho fundamental de los ciudadanos.
Bueno, que ahora sigan las investigaciones y sentencias que faltan: el general Maza Márquez y quienes cambiaron días antes del asesinato, el esquema de seguridad de Galán; y el teniente Carlos Humberto Flórez (prófugo condenado por la muerte de Teófilo Forero de la UP), a quien el Tribunal de Cundinamarca absolvió del caso Galán, a pesar de las evidencias que indicaban que para facilitar la circulación de los sicarios, él les había entregado escarapelas del B-2 de Inteligencia Militar del Ejército, y luego del magnicidio, había prestado su propia casa para esconderlos.
Sí: respiramos distinto. En esa tarima de Soacha nos desangraron la esperanza, pero la Corte Suprema está reconstruyendo la dignidad de la Justicia.
LA OTRA DISCRIMINACIÓN…
EDMUNDO LÓPEZ GÓMEZ
“Controlarse mediante educación y no a través de criminalización”
“TODO acto de discriminación será sancionado como delito”, es el título de la noticia con que registró un periódico de circulación nacional, la aprobación que le dieron las Cámaras legislativas a la iniciativa sobre la discriminación, la cual consiste en “la agresión física o sicológica contra cualquier persona en razón de su raza, condición sexual, nacionalidad o ideología política o filosófica”.
A primera vista, la drástica medida merecería aplausos pero habrá que tener en cuenta razonamientos como los del ex fiscal Alfonso Gómez Méndez para quien, la nueva ley, podría terminar en una burla, porque los actos considerados como discriminatorios son “tipos penales de difícil aplicación”, o, porque, como lo aprecia también el ex vicefiscal Francisco José Sintura (El Tiempo, 31/08/2011), ya están incorporados en la legislación civil y laboral y en la propia Constitución Política, y su penalización resulta ser “un exceso absoluto del legislador”, en cuanto su ocurrencia podría controlarse mediante la educación, y no a través de su criminalización.
Ya la Corte Constitucional, por ejemplo, ha tomado determinaciones ejemplares para proteger a las personas en sus derechos fundamentales, con aplicación de principios tutelares como el de la igualdad y la no discriminación, en varias de sus modalidades.
La solución no está en criminalizar solamente conductas agresivas personales.
Reflexiones que nos conducen a filosofar un poco sobre la discriminación de hecho que padecen los pueblos, precisamente en los modelos de la economía capitalista sin contenido social, planteamiento que le escuchamos hace treinta años al representante de Ghana en la Comisión (III) de Derechos Humanos de la ONU.
¿Por qué no se habla en nuestro Congreso de esa clase de discriminación?
He ahí un tema que merecería debates a fondo por parte de voceros de los partidos en la Cámaras legislativas, en cuanto a la asunción de posturas ideológicas respetables y no irse por las ramas, o permitiendo que iniciativas gubernamentales, como el Acto Legislativo de Sostenibilidad Fiscal, se hayan adoptado en contravía de nuestra estructura constitucional de Estado Social de Derecho.
Cuando se cometen actos de agresión política, como el mencionado, se profundiza la inequidad social y se genera una discriminación de hecho en la sociedad, y mientras ello se permita no se le pueden poner cimientos serios al derecho a la paz de los pueblos.
Es el caso colombiano. Para que el derecho a la paz se convierta en realidad, habrá que crear condiciones sociales que lo hagan posible. Y no solamente con pactos políticos de coyuntura -como el de unión en la cúpula de los partidos para asegurar la gobernabilidad-, se abre ese camino.
De otra parte, si es indispensable o imperativo combatir la corrupción, el Gobierno no puede crear opinión solamente alrededor de esa temática. Por delante hay desafíos sociales, como el de acabar con la discriminación de hecho o las desigualdades sociales profundas: situaciones que merecen la atención prioritaria de un hombre de Estado como el presidente Santos. Pasos como el de la reparación de víctimas y restitución de tierras, tienen ese sello.